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    Beca por orfandad CPE

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    1.- ¿Qué es una Beca por orfandad?

    La Beca por Orfandad, se otorga en función de los resultados de la evaluación socioeconómica y puede alcanzar un beneficio de hasta el 100% en los conceptos de matrícula, armadas, certificados y otros relacionados con los estudios, exámenes, graduación o titulación durante todos los periodos académicos a partir del otorgamiento de la Beca. 

    Se extiende a los estudiantes de pregrado regular o pregrado CPE que estén matriculados y que, en el transcurso de sus estudios en la Universidad, hayan sufrido la pérdida del familiar encargado de solventar sus gastos educativos (apoderado), sea por fallecimiento, enfermedad física o mental incapacitante para trabajar, o sentencia judicial de internamiento. La aplicación del beneficio rige a partir del fallecimiento o internamiento del familiar encargado de solventar los gastos educativos.

     
     

    2.- ¿Cuáles son los requisitos para la Beca por orfandad?

    1. Copia certificada de la Partida de Defunción.
    2. Certificado médico con especificación de la inhabilitación física o mental de carácter permanente y que lo incapacita para el trabajo, expedido por la dependencia correspondiente del Ministerio de Salud.
    3. Copia de la sentencia judicial que acredite la sentencia de internamiento o interdicción.

    Para mayor detalle revisar Pág. 22 de nuestro Reglamento de Condiciones Financieras.
    Fecha límite de presentación de solicitudes para el Semestre Académico: Puedes solicitarlo en cualquier momento, siempre y cuando sea acreditado.
    Importante: El trámite tiene un valor de S/100 que se te cobrará después de haber ingresado la solicitud por Mi Portal opción Trámites.
    Puedes visualizar el Reglamento de Condiciones Financieras aquí.

     
     

    3.- ¿Cómo solicito la Beca por orfandad?

    Si cumples con los requisitos debes seguir los siguientes pasos:

    • Paso 1: Iniciar la solicitud a través Mi Portal opción Trámites > Beneficios Económicos > Beca por Orfandad
    • Paso 2: Una vez confirmado que has cumplido con los requisitos solicitados, se procederá a enviarte un correo indicando que se generó el cargo de S/100.00, para que procedas a cancelarlo mediante nuestros Medios de pago


    Deberás estar atento a tu correo institucional para que, en un plazo no mayor a 72 horas, obtengas tu USUARIO y CLAVE de la plataforma Sabe dónde deberás completar los documentos solicitados, en un plazo no mayor a los 4 días hábiles.
    Importante: En caso de no haber recibido la clave y usuario en el plazo indicado, consultas o dudas respecto al proceso o el llenado web, comunicarse al teléfono 01-739-0973, canal de WhatsApp 01-739-0973  o al correo  administraciondebeneficios@cientifica.edu.pe
    Nota: Los beneficios, tales como becas, descuentos especiales, descuentos por convenio con fuerzas armadas, descuento con empresas u otros no son acumulables, se aplica el beneficio con mayor porcentaje de afectación sobre la armada vigente.

     
     

    4.- ¿Cómo renuevo la Beca por orfandad?

    La renovación de esta beca procede de manera automática en el ciclo posterior inmediato a su asignación, siempre que el estudiante haya aprobado más del 50% de los cursos. Del mismo modo, para la renovación de la beca, se tendrán en cuenta las sanciones que el estudiante haya podido recibir en aplicación del Reglamento Interno de la Universidad.

     
     

    5.- ¿Cómo pierdo la Beca por orfandad?

    El beneficio se suspende en los siguientes casos ⚠️

    a. Sanción disciplinaria, en aplicación del Reglamento Interno respectivo. 

    b. Desaprobación de más del 50% de cursos (artículo 7 del D.S. N° 26-83-ED). Los estudiantes que por suspensión pierdan el derecho de renovación inmediata de la Beca por Orfandad, podrán volver a solicitarla, cumpliendo con lo siguiente: 

    • Aprobar todos los cursos en los que se haya matriculado, en caso haya perdido la Beca por desaprobar más del 50% de cursos (artículo 8 del D.S. N° 26-83-ED). 
    • Contar con un informe positivo sobre su conducta, emitido por la autoridad competente de la Universidad, en caso haya perdido la Beca por mala conducta. 

    El beneficio se pierde cuando el estudiante ha sido separado definitivamente de la Universidad.

     
     

     

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